A continuación, te contamos cómo se articula en nuestro entorno, puesto que comprende una arquitectura institucional que garantiza este derecho. Presta atención.
En primer lugar, has de tener en cuenta que la protección de datos personales es un derecho recogido en la Constitución Española. Así, el artículo 18.4 de la Carta Magna dictamina que los derechos al honor y a la intimidad pueden llegar a justificar la limitación de la informática.
Debes tener en cuenta dos premisas básicas respecto a este artículo. Por un lado, este tipo de derechos no son absolutos. Nos referimos a que su protección se tiene que contraponer a la de otros tan relevantes o más que ellos. El derecho a la libertad de expresión sería, en este sentido, un ejemplo claro.
Por otro lado, cuando se promulgó la Constitución Española, no se podía tener una idea aproximada de los avances que se producirían en la informática. Estos avances, que la cibernética ha intentado acompañar con el desarrollo del Derecho, han dado lugar a situaciones de conflicto. Unos conflictos que surgen de la problemática que la creciente sofisticación de los dispositivos digitales puede suponer para garantizar la privacidad de los datos personales.
Por consiguiente, este escenario ha supuesto una necesidad cada vez mayor de proteger los datos personales. Unos datos que, según la Comisión Europea, se definen como toda aquella información mediante la que podría ser identificada una persona. Desde su nombre hasta las cookies de su ordenador, pasando por diversos datos de localización o, incluso, del historial clínico.
Salvo los pseudonimizados, anonimizados o cifrados, prácticamente cualquier dato asociado a un individuo va a tener la consideración de personal. Algunos de ellos, como los relativos a la raza o la religión, son catalogados como de especial protección.
Una vez definidos los datos personales, es el momento de concretar cómo se hace efectiva su protección.
Si te preguntas el RGPD qué es, este apartado te interesa. El Reglamento General de Protección de Datos es, a grandes rasgos, la normativa que armoniza la legislación relativa a los datos personales de los países de la Unión Europea (UE) desde el año 2016.
Si bien los Estados de la UE ya contaban con leyes en esta materia, el Reglamento Europeo de Protección de Datos promueve una mayor homologación entre sus articulados. Asimismo, supone un esfuerzo por dotar de un mayor rigor a las diferentes normativas nacionales.
Se incrementa la seguridad jurídica mientras que se reducen los sobrecostes administrativos. Se crean también figuras garantistas, como el Delegado de Protección de Datos (DPD).
Con esta normativa, el acceso a tus datos personales se vuelve más sencillo. Además, se crean nuevos derechos, los cuales revisaremos más adelante.
La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPD-GDD) es la actual Ley de Protección de Datos de nuestro país. Es la sustituta de la antigua Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). Supone la obligatoria adaptación al ordenamiento jurídico español del RGPD.
Los principales contenidos de la LOPD-GDD son la aplicación de las directrices comunitarias respecto a cuestiones como el consentimiento activo inequívoco y las cookies. Asimismo, se ponen en valor los derechos relativos a los datos personales que ya consagra el RGPD.
Por otra parte, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), como autoridad en la materia, asume nuevas responsabilidades y adquiere un rol más relevante. Como aportación notable, se debe reseñar la garantía de los derechos digitales que se hacen efectivos tanto en el ámbito personal como en el laboral.
En apartados anteriores, se han abordado los derechos de la protección de datos, y se ha demostrado que refuerzan la privacidad frente a la vulnerabilidad, y cómo se aplican en distintos ámbitos y herramientas.
En las siguientes líneas, te los describimos brevemente:
Información. El responsable del tratamiento te tiene que dar toda la información significativa (fines, plazos, etc.) acerca de la utilización de tus datos personales.
Acceso. Te da la opción de recibir información acerca de qué se está haciendo con los datos que facilitaste para un fin específico.
Rectificación. Tienes la posibilidad de corregir tus datos imprecisos y rellenar los que se encuentren incompletos.
Oposición. Puedes ejercer la oposición a que tus datos sean tratados para fines de marketing directo, pero también puedes alegar motivos personales. La entidad, si desea conservar tus datos, debería acreditar intereses legítimos.
Supresión. Son numerosas las razones por las que puedes pedir que tus datos personales desaparezcan de determinados archivos. Entre otras, destacamos que ya no sean necesarios para los fines solicitados, un tratamiento ilícito o la revocación de tu consentimiento.
Limitación del tratamiento. Se trata de una medida que puedes pedir de forma provisional. Puede ser un primer paso antes de una supresión que aún esté en cuestión. Asimismo, supone una forma de oponerse a un tratamiento ilícito sin llegar a reclamar todavía la supresión.
Portabilidad. Si el tratamiento depende de tu consentimiento o un contrato y se encuentra automatizado, te va a resultar más cómoda la recepción de tus datos en el formato que te facilite su transmisión a un responsable distinto.
Por último, debemos destacar que la Universitat Carlemany ofrece el Bachelor online en Data Science. Se revela como una formación mediante la que vas a poder proteger la reputación de la empresa y, al mismo tiempo, aprender a emplear las herramientas de Business Intelligence (BI).
En definitiva, la protección de datos es un aspecto fundamental de las empresas privadas y públicas de hoy en día. Si quieres ser un especialista en análisis de negocio, debes integrar este aprendizaje.